Desde el año 2018 ya no es obligatorio el uso de controladores fiscales, podes ahorrar el costo de equipos, su mantenimiento, el costo de los rollos de papel, y de realizar los reportes obligatorios de cierres!
Ahora podés emitir factura electrónica de manera muy sencilla, en pocos pasos, y la factura le llega a tu cliente vía e-mail
Así cumplimentas las regulaciones de AFIP de manera más simple
Datos que deben contener los comprobantes electrónicos de clase A, B, C, o E
Cuando se trate de un sujeto que revista el carácter de consumidor final en el impuesto al valor agregado:
1. Leyenda “A consumidor final”
2. Si el importe de la operación es igual o superior a cinco mil pesos ($ 5.000.-) apellido y nombres, domicilio, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI)
No regirá el mencionado importe, debiendo identificarse al adquirente, locatario o prestatario en todos los casos cuando se trate de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado que desarrollen actividades económicas de comercialización mayorista -actividades económicas comprendidas, de acuerdo con el F. 883 aprobado por la resolución general 3537, en la Sección “C” “Industria Manufacturera” y/o la Sección “G” “Comercio al por mayor y al por menor; Reparación de vehículos automotores y motocicletas” únicamente en los Grupos 461, 462, 463, 464, 465, 466 y 469
Asimismo, deberá identificarse el receptor siempre, sin observar el tope dispuesto precedentemente, cuando el comprobante, operación y/o actividad se encuentre alcanzada por un régimen particular y/o la norma que lo reglamente así lo requiera”